Prestación económica por nacimiento o adopción en supuestos de família numerosa, monoparentales y madres discapacitadas
Esta prestación económica por nacimiento o adopción se trata de una prestación familiar no contributiva de pago único como consecuencia de la adopción o nacimiento de un hijo en los casos de familias monoparentales, numerosas y madres con una discapacidad igual o superior al 65%.
Requisitos para solicitar la prestación económica por nacimiento o adopción en supuestos de familia numerosa, monoparentales y madres discapacitadas
Requisitos para la prestación económica por nacimiento o adopción
Estos son los requisitos que hacen falta para poder optar a esta prestación económica. ¿Quieres tomar nota?
Unidades familiares (sin título de familia numerosa), cuyos ingresos máximos no puedan ser superiores a éstos:
- En caso de tener 1 hijo, 12.552,58 euros/año.
- Para 2 hijos, 14.264,85 euros/año.
- Para 3 hijos, 15.977,12 euros/año.
- Para 4 hijos, 17.689,39 euros/año.
- Para 5 hijos, 19.401,66 euros/año.
- Para 6 hijos, 21.113,93 euros/año.
- Para 7 hijos, 22.826,20 euros/año.
- Para 8 hijos, 24.538,47 euros/año.
- Para 9 hijos, 26.250,74 euros/año.
- Para 10 hijos, 27.963,01 euros/año.
Unidades familiares (con título de familia numerosa), cuyos ingresos máximos no puedan ser superiores a éstos:
- En caso de tener 3 hijos, 17.423,84 euros/año.
- Para 4 hijos, 20.246,02 euros/año.
- Para 5 hijos, 23.068,20 euros/año.
- Para 6 hijos, 25.890,38 euros/año.
- Para 7 hijos, 28.712,56 euros/año.
- Para 8 hijos, 31.534,74 euros/año.
- Para 9 hijos, 34.356,92 euros/año.
- Para 10 hijos, 37.179,10 euros/año.
Otros requisitos para solicitar esta ayuda
- Nacimientos que se hayan producido en territorio español o cuya adopción se haya reconocido por la autoridad española competente.
- En familias numerosas, el beneficiario será cualquiera de los progenitores o adoptantes. Si no hay acuerdo, la beneficiaria será la madre.
- En familias monoparentales, el beneficiario será el progenitor que tenga a su cargo el hijo nacido o adoptado.
- En el caso de madres discapacitadas, la beneficiaria será la madre que posea una discapacidad igual o superior al 65%.
- Si los padres no conviven juntos y no existe acuerdo posible entre ellos:
- La ayuda se concederá al progenitor según lo que dictamina la ley en base a la patria potestad.
- Cuando existe un divorcio o separación, la ayuda irá a parar al progenitor que tenga a su cargo al menor.
Documentación para solicitar la prestación económica por nacimiento o adopción
Éstos son los documentos que se precisan para solicitar esta prestación económica:
- Formulario de solicitud.
- Documento de identidad, incluyendo los menores que hayan cumplido los 14 años.
- Certificado de empadronamiento.
- Libro de familia o certificado de nacimiento expedido en el Registro Civil.
- En caso de separación o divorcio, sentencias y/o resoluciones judiciales de la situación actual.
- Justificante de ingresos.
- El título de familia numerosa o monoparental, si procede.
- Certificado de discapacidad, si procede.
Tipo de Ayuda: Discapacidad, Familia
Organismo que la convoca: Estatal
Enlace a la Ayuda: PDF