Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida
Los beneficiarios de la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida serán todas aquellas familias que lo soliciten, siempre y cumplan una serie de condiciones o requisitos determinados que te nombraremos a continuación.
Requisitos para solicitar la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida
Estos son los requisitos básicos que has de tener en cuenta si quieres solicitar este tipo de ayuda:
Unidades familiares (padre, madre e hijo o hijos) que convivan juntos y no superen los siguientes ingresos:
- 3 miembros, 16.000 euros/año.
- 4 miembros, 20.800 euros/año.
- 5 miembros, 25.600 euros/año.
- 6 miembros, 30.400 euros/año.
- 7 miembros, 35.200 euros/año.
- 8 miembros, 40.000 euros/año.
- 9 miembros, 44.800 euros/año.
- 10 miembros, 49.600 euros/año.
Además, también se deben cumplir estos otros requisitos:
- En familias monoparentales se tendrá en cuenta el límite que corresponde a un miembro más, con un mínimo de 4.
Cuando uno de los miembros de la unidad familiar tiene una discapacidad reconocida que sea igual o superior al 33%, deberá emplearse el coeficiente que corresponde a un miembro más. - Uno de los progenitores de la unidad familiar deberá haber residido de forma legal en Cataluña durante al menos 5 años.
- En los casos en los que en la vivienda de una familia monoparental se encuentren empadronadas más personas, se deberá demostrar que no hay ningún tipo de vinculación familiar.
- Deberá existir convivencia entre los progenitores al presentarse la solicitud.
- Cuando exista un divorcio o separación, la ayuda será concedida al progenitor que se encuentre a cargo del menor.
En custodias compartidas, cada niño tendrá derecho a una sola ayuda, por lo que se resolverá según el orden de presentación. - El título de familia numerosa o monoparental ha de encontrarse en vigor.
Documentación para solicitar la Ayuda por nacimiento, adopción, tutela o acogida
Toma nota de la documentación necesaria para pedir este tipo de ayuda:
- Formulario de solicitud.
- Fotocopia y original del NIE de los solicitantes.
- Fotocopia y original del libro de familia.
- Fotocopia y original del certificado de residencia de uno de los solicitantes, siempre y cuando sean personas extranjeras de origen no comunitario. Este certificado deberá acreditar una residencia legal de 5 años. Se puede tramitar en la comisaría de la Policía Nacional, en oficinas de extranjería o en dependencias de la Dirección
- General de la Policía y la Guardia Civil.
- Título familia numerosa o monoparental.
- Certificado de discapacidad, si procede.
- Justificante de los ingresos.
- Fotocopia y original de los certificados de residencia anteriores a 2006 que acrediten el empadronamiento en Cataluña de uno de los solicitantes durante 5 años.
- No hará falta aportar documentación relativa al DNI o NIF, certificado de convivencia o empadronamiento en periodos posteriores a junio de 2006
Tipo de Ayuda: Familia
Organismo que la convoca: Estatal
Enlace a la Ayuda: PDF